Daryl James Rizzo (izquierda) y Jamie |
En ese sentido, el presidente de la JCE, Roberto Rosario Márquez, ordenó a la Dirección Nacional de Registro del Estado Civil suspender inmediatamente la celebración de bodas en las instalaciones de los hoteles que pertenecen a la cadena Bahía Príncipe en Cayo Levantado y Cayacoa, ubicados en las provincias de Samaná y La Altagracia (Higüey).
La orden de Rosario Márquez está contenida en el oficio número 2783-11, del cual LISTÍN DIARIO obtuvo copia.
Rosario dispuso, además, que la Dirección Financiera de ese organismo se abstenga de recibir recursos por concepto de bodas realizadas en esos hoteles.
Caso reciente
Según el presidente de la JCE, el hecho más reciente de bodas realizadas entre parejas homosexuales se efectuó el 24 de mayo pasado en el restaurante del hotel “Cayo Levantado”, con la presencia de aproximadamente un centenar de personas, entre las cuales se encontraban invitados de los contrayentes, ciudadanos nacionales y extranjeros.
Dice en el oficio que esas personas estuvieron como testigos de un evento con el cual no necesariamente concordaban, ya que se trataba “de un hecho no permitido por las leyes dominicanas.
Fuentes bien enteradas dijeron a LISTÍN DIARIO que entre las personas que casualmente se encontraban en el hotel, pero ajenas a la ceremonia, estaba un ex presidente latinoamericano, quien se alarmó por lo que estaba ocurriendo y lo comentó a sus anfitriones.
De igual modo, Rosario Márquez ordenó a la Dirección de Inspectoría de la JCE profundizar las investigaciones referentes al hecho denunciado, de manera que inicie las acciones que considere oportunas. Explica que esos matrimonios se ofician de manera simulada, debido a que utilizan personas privadas que se hacen pasar como representantes de las oficialías del Estado Civil.
“Esta decisión se fundamenta en denuncias reiteradas en el sentido de que personas de un mismo sexo están realizando matrimonios simulados, al margen de las autoridades correspondientes, utilizando personas privadas que se hacen pasar como representantes de los órganos del Estado encargados de oficiar ese tipo de evento”, precisó.
El magistrado Rosario recuerda que el artículo 55 de la Constitución de la República, sobre los derechos de la familia, dispone que “la familia es el fundamento de la sociedad y el espacio básico para el desarrollo integral de las personas. Se constituye por vínculos naturales o jurídicos, por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de conformarla”.
“Por las razones legales anteriormente expuestas, la presente instrucción es de ejecución inmediata y de obligatorio cumplimiento, ya que de continuar esta práctica se permitiría una violación flagrante a nuestro ordenamiento institucional y a las costumbres y valores consagrados en nuestra Carta Magna”, expresó Rosario Márquez.
Las investigaciones Debido a que desde el pasado año hasta el despacho del presidente de la JCE llegaron denuncias de que en el municipio Samaná se realizaban matrimonios simulados, desde hace un tiempo Rosario Márquez había ordenado una investigación a cargo del oficial del Estado Civil de esa localidad, Basilio de Peña Ramón.
INFORME DE OFICIALÍA ESTADO CIVIL SAMANÁ
En un informe remitido al presidente de la JCE el pasado 26 de mayo se confirma la versión y señala que más de la mitad de las bodas que coordinadas para realizarse en esos hoteles no se hicieron, pero tampoco le explicaron los motivos.
“Informaciones obtenidas en los últimos días en dichos hoteles, dan cuenta de que especialmente en Cayo Levantado se están celebrando bodas simuladas y conmemoraciones de matrimonios, y la situación se ha agravado debido a que el 24 del mes de mayo del presente año se celebró un matrimonio entre dos personas de un mismo sexo, o sea entre dos hombres”, indica el informe.
LA FAMILIA COMO FUNDAMENTO
La Ley
EL MATRIMONIO EN LA CONSTITUCIÓN
La Constitución en su artículo 55, al establecer los derechos de la Familia, dispone que “la familia es el fundamento de la sociedad y el espacio básico para el desarrollo integral de las personas. Se constituye por vínculos naturales o jurídicos, por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de conformarla”. De igual modo el mismo artículo en sus numerales 1 y 3 establece: 1. “Toda persona tiene derecho a constituir una familia, en cuya formación y desarrollo la mujer y el hombre gozan de iguales derechos y deberes y se deben comprensión mutua y respeto reciproco”; 3. El Estado proveerá y protegerá la organización de la familia sobre la base de la institución del matrimonio entre un hombre y una mujer. La ley establecerá los requisitos para contraerlo, las formalidades para su celebración, sus efectos personales y patrimoniales, las causas de separación o de disolución, el régimen de bienes y los derechos y deberes entre los cónyuges”.
La JCE
LEY SOBRE ACTO CIVIL
De igual modo la Ley sobre acto civil, en su artículo 55, establece que el matrimonio es una institución que se origina en el contrato celebrado entre un hombre y una mujer que se han dado libre consentimiento para casarse, y que tienen la capacidad requerida para certificar este acto.
Fuente Listin diario/Viviano de León
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